ELECCIONES NACIONALES 2011
El día 23 de Octubre de 2011 se realizarán las elecciones nacionales en la República Argentina, donde podrán votar todos los ciudadanes argentinos que residan en el exterior de manera permanente, que tengan asentado el cambio de domicilio en su documento cívico a la representación diplomática o consular que les corresponda y hayan realizado su inscripción en el padrón del Registro de Electores Residentes en el Exterior.
El Trámite de inscripción es absolutamente gratuito y puede realizarse voluntariamente en sede diplomática o consular correspondiente a su domicilio.
Se puede votar únicamente en las representaciones diplomáticas y consulares en que se haya inscripto el ciudadano o aquellas mesas que habilite la Cámara Nacional Electoral.
La información sobre las direcciones de las representaciones diplomáticas podrá ser consultada en www.cancillería.gov.ar
El plazo para la inscripción en dicho padrón cierra el día 26 de Abril de 2011.
A partir del día 25 de Junio se publicarán los padrones provisorios correspondientes al Registro de Electores Residentes en el Exterior y se recibirán reclamos u observaciones hasta el 26 de Julio.
Sin perjuicio de ello se podrá consultar la situacion registral en la página www.padron.gov.ar del 11 al 31 de marzo y del 6 al 21 de mayo.
*Ciudadanos de Tailandia, Camboya, Laos y Myanmar*
Requisitos para obtener visa de turismo
Requisitos para obtener
visa de negocios
Requisitos para visa
de residencia temporaria o permanente
Requisitos para obtener
la visa de estudiante
Requisitos para obtener visa de Intercambio Cultural o Pasantías
Requisito para obtener visas transitorias para artistas, deportistas, profesionales y para asistir a congresos o conferencias
Requisitos para visa de tripulantes
Requisitos para legalizaciones
y certificaciones de documentos comerciales
Ciudadanos Argentinos
NOTICIA IMPORTANTE: La Sección Consular está otorgando sólo pasaportes de emergencia con vigencia por un año debido a que no cuenta con los equipos para emitir pasaportes con código de barras como se requiere a nivel internacional.
Se estima que recibirá los equipos para procesar este nuevo tipo de pasaportes en el mes de noviembre próximo.
Los pasaportes de emergencia tienen validez por año y no caducan al ingresar a la Argentina. Tampoco pueden ser prorrogados.
El costo de estos pasaportes es de 20 dólares o su equivalente en bahts.
EMISION DE PASAPORTE NUEVOS
Se emite un nuevo pasaporte con motivo de actualizar la información, reemplazarlo por otro modelo, asignar el primer pasaporte para casos de opción de nacionalidad o por extravío, robo o sustracción. En los casos de opción de nacionalidad, el menor debe solicitar a la Sección Consular la expedición de su primer Pasaporte. La Policía Federal Argentina NO expide el Pasaporte MERCOSUR para aquellos extranjeros que optaron por la nacionalidad argentina sin tener previamente el Pasaporte Consular.
Para un nuevo pasaporte, es imprescindible presentar el DNI, L.E. o L.C. en buen estado de conservación, caso contrario, deberá solicitar duplicado de DNI previamente o realizar el trámite de actualización de DNI de 8 y/o 16 años si correspondiere.
I. REQUISITOS PARA EXPEDICION
- Solicitar turno. Para tal fin, puede concurrir a la Sección Consular de lunes a viernes de 9 a.m. a 15.00 p.m.
- 4 fotografías tipo carnet, 4x4 cm, color o blanco y negro, fondo blanco, o celeste claro, papel mate, 3/4 perfil derecho, sin anteojos ni sombrero
- Abonar el arancel consular aprox. Baht 2,040.- (US $ 60.-)
- Presentar el DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica. La Ley 17.671, en su Art. 13, indica que el único documento argentino que identifica a un ciudadano argentino es el Documento Nacional de Identidad (DNI) así como sus predecesores: La Libreta de Enrolamiento (L.E.) y Libreta Cívica (L.C.) (Art. 59).
- En todos los casos, es requisito indispensable presentar un Certificado Policial de extravío, pérdida, robo o substracción, expedido por la Real Policía de Tailandia, Laos, Camboya o Myanmar.
- En caso de solicitar el cambio de estado civil, se deberá presentar la partida que correspondiere por casamiento, defunción del cónyuge o sentencia judicial de divorcio.
II. PARA MENORES: Se requiere la presencia de ambos progenitores con sus respectivos documentos y partida de nacimiento del menor. En su defecto, presentar poder o venia de viaje de los padres o de quien posea la tenencia, autorizando al menor a viajar y gestionar documentación a tal fin.
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RENOVACIÓN DE PASAPORTES
I. GENERALIDADES
1. Un pasaporte es renovado cuando se procede a expedir un nuevo ejemplar en su reemplazo debido al agotamiento de sus hojas útiles, deterioro general, cambio de estado civil, o modificaciones en el aspecto físico de su portador.
2. Cabe señalar que es conveniente, una vez vencidos, proceder a la renovación del mismo, es decir a la expedición de un ejemplar nuevo en los casos en este sea de un modelo previo al que comúnmente se denomina como “MERCOSUR”.
3. Para renovar pasaporte, es imprescindible que el solicitante acompañe su DNI, L.E. o L.C., en buen estado de conservación, caso contrario, deberá solicitar duplicado de DNI previamente o realizar el trámite de actualización de DNI de 8 y/o 16 años si correspondiere.
II. RENOVACION DE PASAPORTE POR CAMBIO DE ESTADO CIVIL
1. Aquellas personas que actualizan su estado civil en su nuevo pasaporte (matrimonio y/o divorcio vincular) deben presentar su partida de matrimonio legalizada (si contrajeron nupcias en Argentina) o legalizar su partida respectiva si se contrajo matrimonio en Tailandia.
2. Si se contrajo matrimonio en EE.UU., o algún otro país miembro de la Convención de la Haya sobre Apostilla, se deberá presentar partida apostillada por el país de origen. Puede consultar el listado de países miembros de dicha Convención.
3. En caso de divorcio vincular en Argentina, presentar testimonio u oficio judicial de la sentencia respectiva, certificado por la Secretaría del Juzgado Interviniente. En caso de divorcio vincular en Tailandia, enviar al Departamento de Autenticaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de Tailandia el documento original para su autenticación.
4. En casos de sentencias de divorcio de EE.UU., o algún otro país miembro de la Convención de la Haya sobre Apostilla, se deberá presentar copia apostillada de este documento por el país de origen. Puede consultar el listado de países miembros de dicha Convención.
III. RENOVACION DE PASAPORTES A MENORES DE EDAD
1. Los menores de 21 años que dispongan de pasaporte MERCOSUR, se les asignará este trámite, a pesar de que los padres hayan marcado en el formulario de turno respectivo la opción: “PRORROGA", ya que entre la fecha en que sacaron su actual pasaporte y la de su vencimiento (es decir, 5 años), hay un cambio físico importante con relación a la foto que figura en su actual pasaporte y, por ello, deben cambiar de ejemplar vía "renovación".
2. En el día de la cita, se requiere la presencia de ambos padres con sus respectivos documentos y partida de nacimiento del menor. En su defecto, presentar poder o venia de viaje de los padres o de quien posea la tenencia, autorizando al menor a viajar y gestionar documentación correspondiente a tal fin.
IV. REQUISITOS PARA LA RENOVACION DE PASAPORTE
- Solicitar turno. Para tal fin, puede concurrir a la Sección Consular de lunes a viernes de 9.00 a.m. a 15.00 p.m.
- 4 fotografías tipo carnet, 4x4 cm, color o blanco y negro, fondo blanco, o celeste claro, papel mate, 3/4 perfil derecho, sin anteojos ni sombrero.
- Abonar el arancel consular aprox. Baht 2,040.- (US $ 60.-)
- Uno de los siguientes documentos: DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, según el caso. (La Ley 17.671), en su Art. 13, indica que el único documento argentino que identifica a los cidar ante las autoridades argentina es el documento nacional de identidad (DNI) así como sus predecesores: La Libreta de Enrolamiento (L.E.) y Libreta Cívica (L.C.) (Art. 59).
- Pasaporte original.
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PRÓRROGA DE PASAPORTES MERCOSUR o CONSULAR
I. GENERALIDADES
1. Un pasaporte es prorrogado cuando se extiende el período de vida útil o validez del mismo por un período subsiguiente de 5 (cinco) años y cuando no tenga hojas útiles, haya alteraciones fisonómicas importantes o que su estado de conservación no sea apropiado para su uso. Para prorrogar pasaporte, es imprescindible que el solicitante acompañe su DNI, L.E. o L.C. en buen estado de conservación, caso contrario, deberá solicitar nuevo ejemplar de DNI previamente o realizar el trámite de actualización de DNI de 8 y/o 16 años si correspondiere.
2. Dicho pasaporte se puede prorrogar una vez vencido, sin límite de tiempo y hasta 6 meses antes del vencimiento.
II. REQUISITOS PARA PRORROGA DE PASAPORTE
- Solicitar turno. Para tal fin, puede concurrir a la Sección Consular de lunes a viernes de 9.00 a.m. a 15.00 p.m
- 2 fotografías tipo carnet, 4x4 cm, color o blanco y negro, fondo blanco, o celeste claro, papel mate, 3/4 perfil derecho, sin anteojos ni sombrero.
- Abonar el arancel consular aprox. Baht 1,020.- (US $ 30.-)
- Uno de los siguientes documentos: DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica, según el caso. (La Ley 17.671, en su Art. 13, indica que el único documento argentino que identifica a los cidar ante las autoridades argentina es el documento nacional de identidad (DNI) así como sus predecesores: La Libreta de Enrolamiento (L.E.) y Libreta Cívica (L.C.) (Art. 59).
- Pasaporte original.
III. PARA MENORES DE EDAD: Se requiere la presencia de ambos progenitores con sus respectivos documentos de identidad y partida de nacimiento del menor. En su defecto, presentar poder o venia de viaje de ambos progenitores o de quien posea la tenencia del menor; autorizando al menor a viajar y gestionar documentación correspondiente a tal fin.
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MATRICULA CONSULAR
Las Oficinas Consulares llevan un registro de Matrícula Consular, también llamdo "Registro de Residentes Argentinos" debidamente foliado y rubricado, en el cual se pueden inscribir los argentinos residentes en la Jurisdicción de la Sección Consular. Las inscripciones son gratuitas y voluntarias. Asimismo, a solicitud del interesado, se podrá extender un Certificado de Matrícula válido por un año. La expedición del Certificado debe abonar el arancel consular correspondiente.
La inscripción permite lo siguiente a) Conocer a los argentinos que residen en la jurisdicción en caso de necesidad b) Facilitar la prórroga o renovación del pasaporte en caso de no contar con el DNI c) Justificar el cambio de domicilio en el DNI d) Antecedente para emitir el certificado de residencia para presentar a las autoridades aduaneras al regresar al país.
Los requisitos para la inscripción son a) Completar el formulario de Registro de Matrícula Consular y b) Adejuntar una fotografía tipo carnet 4x4 cm, color blanco y negro, fondo blanco o celeste claro, papel mate, 3/4 perfil derecho
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